El Representante Nacional por Maldonado, presentó este martes en la Cámara Baja, un proyecto de ley que da facultades a los gobiernos departamentales a desalojar de forma sumaria predios públicos y privados que sean ocupados. La problemática de las ocupaciones se encendió en los últimos tiempos en distintas zonas de Maldonado.

El diputado Rodrigo Blás (PN) dijo que ante la imposibilidad real de evitar la ocupación de terrenos o viviendas públicas y/o privadas, más allá de lo previsto por la Ley de Usurpación, decidió presentar un proyecto para evitar estas situaciones y establecer un proceso civil de desalojo que resulte ejecutivo.

El objetivo es que sean los gobiernos departamentales los que estén facultados para promover estas acciones, ya que, los extremos previstos en la Ley de Usurpación no alcanzan para cubrir muchas otras formas de ocupación de propiedades públicas y privadas.

Tampoco permite asegurar a las intendencias el cumplimiento de su tarea de “Policía del Territorio” que la ley les encomienda, consideró el legislador. En los últimos tiempos, esta problemática recrudeció en distintas zonas del departamento de Maldonado así como en otros.

Ante este escenario, Blás entiendo que se deben generar elementos rápidos y de fácil aplicación que protejan a públicos y privados del “desapoderamiento de sus bienes”, y propone modificar el Artículo 69 de la Ley de Ordenamiento Territorial (N° 18.308) de forma de generar un proceso civil breve y ejecutivo.

La iniciativa del legislador blanco, pretende eliminar contradicciones de normas que actualmente son de rígida y difícil aplicación, y con poca efectividad. Asimismo, pretende crear un procedimiento específico, garantizando el derecho de defensa, para hacer factible el proceso con celeridad y eficacia.

Uno de los aspectos relevantes del proyecto, hace énfasis en la necesidad de evitar la constitución de asentamientos irregulares, regulando el procedimiento por el cual la Intendencia se dirige al Poder Judicial para detener la ejecución de obras, lograr su demolición y en su caso lograr la desocupación del inmueble.

El nuevo proceso previsto en el proyecto de ley establece, asimismo, que luego de presentada una demanda por parte de la Intendencia, el juzgado actuante decretará la inmediata suspensión de las obras, la demolición de las existentes y en el caso de la constitución de asentamientos, la desocupación con plazo de 20 días hábiles.

Clic AQUÍ para acceder al texto del proyecto de ley

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