Mientras comienza la veda electoral, se prepara todo el material para cada uno de los circuitos que se habilitarán en todo el país.La Corte Electoral emitió un comunicado a la ciudadanía, reiterando las normas sobre garantías electorales que cobran vigencia desde la hora 0.00 del viernes 24 de octubre, a dos días de las elecciones nacionales en nuestro país, y se extienden en casos, hasta las 20.30 horas del domingo 26.

El comunicado de la Corte Electoral, recuerda que 48 horas antes del domingo 26 de octubre, “debe cesar necesariamente la propaganda proselitista en la vía pública o que se oiga o perciba desde ella, en los medios de difusión escrita radial o televisiva”.

También queda prohibida “la difusión de resultados de encuestas o consultas o cualquier tipo de manifestaciones o exhortaciones dirigidas a influir en la ciudadanía. Esto significa que la prohibición comenzará a la cero hora del viernes 24 de octubre y se extenderá hasta la hora 20 y 30 del día de las Elecciones Nacionales”.

También recuerda que “los funcionarios públicos, propietarios, directores y administradores de establecimientos comerciales o industriales y todo patrono, deberán conceder a los ciudadanos habilitados a votar que estén bajo su dependencia, un término no menor de dos horas para que comparezcan  a sufragar”.

Tampoco “puede estorbarse el tránsito de los votantes, molestárseles en el ejercicio de la votación ni provocarse desórdenes tumultos o agresiones que perjudiquen el desarrollo regular del acto electoral”, ya que “la violación de estos preceptos constituye delito electoral”.

Asimismo, durante el horario de la votación, la entrega de las hojas sólo puede efectuarse a una distancia superior a los 100 metros del local donde funcionen comisiones receptoras; tampoco podrán efectuarse espectáculos públicos en lugar abierto o cerrado, ni manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.

Desde las 19.30 horas del sábado 25 de octubre “hasta la clausura de la votación no podrán expenderse bebidas alcohólicas”, en tanto que “ninguna autoridad pública podrá intervenir bajo pretexto alguno, en el funcionamiento de las Comisiones Receptoras de Votos”.

“Queda igualmente prohibido a toda autoridad pública intervenir en el acto electoral para coartar, impedir o alterar la libertad de la votación, mediante la influencia de sus cargos o la utilización de los medios de que estuvieran provistas sus reparticiones”, agrega la normativa electoral de nuestro país.

(Foto: MaldonadoNoticias)

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