La ministra de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Eneida de León, suscribió el Plan de Acción para la Protección de la Calidad Ambiental y la Disponibilidad como fuente de Agua Potable de la Cuenca Hidrológica de la Laguna del Sauce. Contiene 12 medidas con plazo de ejecución, que apuntan a controlar, revertir y detener el proceso de deterioro de la cuenca.

El plan suscripto por la titular del Mvotma, se basa en la afectación ambiental observada en la Laguna del Sauce, debido al aporte prolongado de fósforo y nitrógeno, producto de usos del suelo y saneamiento, que tuvo su punto de mayor preocupación en la población, desde el pasado mes de marzo.

El riesgo son las crecientes floraciones de algas en el agua con presencia ocasional de cianobacterias y toxinas, según las condiciones climáticas. El uso de motores a combustible también es un riesgo para la calidad del agua. El plan contiene cuatro medidas principales subdivididas en otras 12.

Medidas de control

Se exigirán permisos o autorizaciones ambientales a emprendimientos de distinta naturaleza en la cuenca de la laguna, y el tratamiento terciario de sus efluentes. El objetivo es reducir el impacto de las emisiones líquidas de los vertimientos industriales. El plazo final es diciembre de 2016.

Se extenderá el saneamiento y la conexión de La Capuera al sistema de Maldonado (este martes se conocieron las ofertas), y también se resolverá la conexión domiciliaria obligatoria al sistema en varias zonas de la ciudad de Pan de Azúcar. El plazo es diciembre de 2019.

Se exigirá el tratamiento terciario y el manejo obligatorio de efluentes a todos los tambos, establecimientos de engorde a corral (feed lots) y otras prácticas de encierro permanente de animales ubicados en toda la cuenca hidrográfica de la zona afectada. El plazo final estimado es diciembre de 2016.

Todos los predios rurales ubicados en la cuenca hidrográfica de la Laguna del Sauce, deberán controlar la aplicación de plaguicidas y el manejo de nutrientes, y presentar los planes de uso, manejo y conservación de suelos ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El plazo es diciembre de 2016.

Asimismo, se deberá instaurar en la cuenca una zona de amortiguación sin laboreo de la tierra y uso de agroquímicos, en franjas de hasta cuarenta metros, veinte metros y 150 metros, según corresponda. Plazo final estimado, diciembre de 2016.

Además se restringirá el acceso directo del ganado a abrevar (beber) en el sistema de la laguna y de los cursos de la cuenca hidrográfica, señalados como tributarios directos, en la medida anterior. Plazo estimado, mayo de 2018.

Se estudiarán posibles modificaciones de la presa reguladora de la Laguna del Sauce (sobre arroyo El Potrero) para mejorar su seguridad y facilitar la gestión; además de coordinar aspectos de la operación de la misma. Plazo estimado, diciembre de 2016.

Los responsables de la extracción, almacenamiento y uso de agua superficial y subterránea de la cuenca hidrográfica de la laguna que carezcan de permiso serán intimados a solicitarlo en un plazo máximo de seis meses. El plazo final estimado es junio de 2016.

Se implementarán medidas para proteger y conservar la zona de humedales de la cuenca. El plazo estimado es diciembre de 2016.

También se elaborará el “Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Cuenca de la Laguna del Sauce”, limitándose temporalmente, la aprobación de nuevos fraccionamientos con fines residenciales en la cuenca. Plazo estimado, junio de 2016.

Se resolverá la jurisdicción y mecanismos de aplicación de la resolución departamental vigente para el control de la navegación y pesca furtiva en la laguna. Plazo estimado, diciembre de 2015.

Otra acción, será recabar opinión en el ámbito de la Comisión de Cuenca de la Laguna del Sauce, respecto a las medidas que conforman este plan, asegurando la participación efectiva de los actores que la componen.

Para ello, se solicitarán a la comisión estrategias para el manejo del reservorio que mitiguen las consecuencias adversas de la eutrofización y permitan acelerar el proceso de rehabilitación. La ejecución de esta medida es permanente y no tiene plazos asignados.

Medidas complementarias

También se acordó una serie de medidas cuya implementación requiere de estudios previos o de la elaboración de protocolos y normativas. En este ítem se encuentra la regulación del uso de fertilizantes en predios de coberturas artificiales de suelo en los jardines, predios urbanos y chacras.

Se limitará la pesca de especies para recuperar las cadenas tróficas de la laguna, y se definirá el área máxima admisible para forestar en el territorio de la cuenca; se harán coordinaciones en el marco del plan local, en aspectos vinculados a la preservación del agua para un adecuado rendimiento hidrológico.

Se elaborará un protocolo de actuación ante accidentes aéreos o derrames de productos peligrosos en la cuenca hidrográfica y laguna, en tanto que se determinarán las necesidades de recursos para el contralor y fiscalización de las medidas.

Para esto último se deberán especificar los aportes institucionales ya contemplados y los rubros sin financiamiento concreto. Finalmente, se estableció la implementación de un sistema de seguimiento y monitoreo permanente del plan de acción.

(Foto: MaldonadoNoticias)

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