La Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social (IGTSS) estableció los dos períodos de licencia de la industria de la construcción, para el Grupo 09 Subgrupo 01 y Subgrupo 02-03, así como la fecha límite de presentación de solicitudes de excepciones para trabajar durante el primer período de licencia.
Se aprobó el convenio de licencia entre el Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (Sunca), la Cámara de la Construcción del Uruguay, la Liga de la Construcción del Uruguay, la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay y la Coordinadora de la Industria de la Construcción del Este.
La resolución del inspector general del Trabajo y la Seguridad Social, establece el fraccionamiento de la licencia según el siguiente plan: primer período, del lunes 22 de diciembre de 2025 al viernes 9 de enero de 2026 inclusive (15 días), y el segundo período, del lunes 30 de marzo de 2026 al viernes 3 de abril inclusive (5 días).
Asimismo, la IGTSS resolvió el plazo límite para la presentación de solicitudes para trabajar en el primer período de licencia de la construcción: en el caso del Grupo 09, Subgrupo 01, solo serán aceptadas las solicitudes presentadas hasta el día 7 de noviembre de 2025, inclusive, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
En tanto que para el Grupo 09, Subgrupo 02-03, el plazo para presentar las solicitudes ante la IGTSS vence el 05 de diciembre de 2025 inclusive. Dichas solicitudes deben realizarse mediante el portal www.tramites.gub.uy y cumplir con los requisitos establecidos en la resolución correspondiente.