El espacio especialmente acondicionado, cuenta con un sillón, aire acondicionado, frigobar y teléfono. Además, está decorado con tonos pastel para brindar sensación de tranquilidad, y tiene muy buena iluminación natural.
La Ley N° 19.530 establece en su Artículo 1 que el objetivo del área es el amamantamiento, que se pueda realizar la extracción de leche, almacenamiento y conservación adecuada, por lo cual paulatinamente distintas dependencias públicas así como privadas comenzaron a incorporar las salas de lactancia.
El Artículo 2° de la misma ley, señala que, “en los edificios o locales de los organismos, órganos e instituciones del sector público y privado en las que trabajen o estudien veinte o más mujeres o trabajen cincuenta o más empleados, se deberá contar con una sala destinada a la lactancia”.
Esos espacios por otra parte, deben garantizar la privacidad, seguridad, disponibilidad de uso, comodidad, higiene y fácil acceso. Acondicionado el espacio físico, su disponibilidad se debe comunicar al Ministerio de Salud Pública y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, trámite que ya realizó el Municipio de Maldonado.
De mucha importancia
En los niños, la lactancia materna contribuye a reducir la morbimortalidad, particularmente durante el período neonatal. Además previene el exceso de peso y las enfermedades no transmisibles que pueden afectar la calidad de vida precozmente. La práctica de la lactancia se asocia a un mayor desarrollo cognitivo y más años de escolaridad.
En el caso de las mujeres, los beneficios de la lactancia se asocian a la prevención de enfermedades cardiovasculares y de algunos tipos de cáncer. Está recomendado que sea exclusiva durante los primeros 6 meses, y puede mantenerse hasta los 2 años o cuando madre e hijo lo decidan.