El jueves 28 de agosto de 2025, la Justicia había sentenciado a 24 años de penitenciaría a los argentinos Juan Pablo Levaggi y Eduardo Capelletti. La pasada semana, un Tribunal de Apelaciones confirmó la condena por un homicidio muy especialmente agravado.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° turno, integrado por los ministros Adriana de los Santos Arigoni, Luis Charles Vinciguerra y Gabriela Merialdo Cobelli, confirmó unánimemente la sentencia de primera instancia, aunque incorporó como atenuante la admisión parcial de los hechos por parte de uno de los condenados.
Juan Pablo Levaggi, peluquero de 23 años, y Eduardo Fabián Capelletti, de 35, empleado de una empresa de catering, ambos de nacionalidad argentina, fueron imputados el jueves 28 de agosto del año pasado, como autores de un homicidio muy especialmente agravado, por la muerte de Rúben Alejandro Torres Rodríguez, de 46 años.
El Tribunal, rechazó las apelaciones de las defensas (apelaron la sentencia de primera instancia, cuestionando tanto la responsabilidad penal como el monto de la pena), y mantuvo la responsabilidad de ambos, con la única modificación de incorporar como atenuante la admisión parcial de los hechos por parte de uno de ellos.
La defensa de uno de los imputados sostuvo que la condena fue injustificada porque, a su entender, no quedó demostrado que su defendido hubiera participado en el homicidio. Argumentó que las pruebas fueron mal evaluadas y que no existe certeza sobre su responsabilidad en el hecho, por lo que se vulneró el principio de presunción de inocencia.
Por su parte, la defensa del otro condenado, en su planteo, reconoció que el acusado admitió haber dado muerte a la víctima y señaló que la prueba reunida permitió alcanzar certeza suficiente para condenarlo. Sin embargo, cuestionó que no se hubieran tenido en cuenta circunstancias atenuantes, como la admisión de los hechos.
De acuerdo con lo probado en el juicio oral, ambos sujetos ingresaron al país a fines de enero de 2023 para trabajar durante la temporada de verano y entablaron vínculo con la víctima, quien los alojó en su casa de la ciudad de San Carlos. Días después, le sustrajeron una tarjeta de débito e intentaron realizar extracciones de dinero y compras.
La noche del lunes 6 de febrero de 2023, el dúo de argentinos permaneció junto a Torres hasta últimas horas. Según estableció la investigación, durante la madrugada siguiente lo asesinaron, maniataron su cuerpo y lo trasladaron en su propio coche (un Chevrolet Spark) hasta cercanías de Pan de Azúcar donde lo abandonaron entre unos arbustos.
Luego continuaron hacia Montevideo, donde fueron registrados por cámaras de seguridad en la terminal de ómnibus de Tres Cruces con objetos pertenecientes a la víctima. Antes, quitaron las chapas matrícula del auto de Torres y lo incendiaron, para luego viajar hacia el Litoral y cruzar la frontera hacia Argentina.
El Tribunal expresó que, “en el juicio oral se probó plenamente la teoría del caso que propuso Fiscalía”, considerando que la prueba reunida permitió alcanzar certeza sobre la responsabilidad de ambos y descartó los cuestionamientos de las defensas respecto a la participación en el hecho y al valor probatorio de un testigo de identidad reservada.

