Autoridades de Medio Ambiente de la Intendencia de Maldonado sostuvieron una reunión con los administradores de 160 edificios de Punta del Este, algunos de los cuales estaban haciendo caso omiso a la normativa sobre colocación de sombrillas y reposeras en las playas.

Según informó la propia Intendencia de Maldonado, las administradoras de 160 edificios de Maldonado, fueron notificadas respecto a que “no pueden existir sombrillas sin ocupantes”, independientemente de la limitación que hay para el número a instalar.

La dirección de Medio Ambiente, reiteró a los representantes de las firmas administradoras de edificios y complejos, los términos de la resolución 06542/2015 que en el apartado de los servicios define la forma en que se deben colocar y retirar las sombrillas y reposeras.

Un criterio que se estableció en la reunión sostenida horas atrás, es que no pueden estar desplegadas en la playa sombrillas o reposeras sin ocupantes, y que los implementos deben permanecer acopiados hasta que sea necesario su despliegue en la playa.

La normativa establece que antes de la hora 9.00 se podrán colocar hasta tres sombrillas y seis reposeras a una distancia no inferior a los 10 metros de la línea de rompiente de la ola. Todas las administradoras fueron advertidas que tras la notificación, se aplicarán multas.

La norma

Las solicitudes, tanto de administradores como de propietarios de edificios o complejos para brindar este tipo de servicio, tuvieron que presentarse ante la dirección general de Higiene y Medio Ambiente, antes del 30 de noviembre del año pasado.

Cada solicitud fue evaluada individualmente, reservándose la comuna el derecho de otorgarla o no, por razones de interés general. Cada autorización tendrá vigencia desde el 1° de diciembre de cada año, hasta el último día de la siguiente Semana de Turismo o Santa.

Para el otorgamiento de cada autorización, se consideró al edificio como unidad integral, no autorizándose de manera independiente a cada bloque que lo integre, salvo que estos excedan de cuatro y en ese caso se otorgaron hasta un máximo de dos autorizaciones.

El servicio

Antes de la hora 9.00, se pueden instalar hasta 3 sombrillones y 6 reposeras a una distancia no menor a los 10 metros de la línea de rompiente de la ola, y deben ser retirados apenas se vayan de la playa los usuarios; sólo se pueden instalar más, si hay usuarios que los utilizarán en forma inmediata.

Los que no se encuentren en uso deben ser acopiados en la parte alta de la playa y siempre delante del pie del talud de dunas, evitando generar daños a estructuras de recuperación de la playa. De esta forma se evita la invasión de estos elementos sin que sean usados.

Asimismo, se prohíbe la permanencia de los implementos en la zona de playa en horas de la noche y el armado de estructuras de depósito temporal o permanente, salvo las autorizaciones otorgadas, atendiendo razones fundadas y si hubo informe favorable de los técnicos de la Intendencia.

Los administradores y/o propietarios de edificios o complejos autorizados, deben identificar con el nombre del edificio o complejo sus implementos (reposeras, colchonetas, sombrillas y sombrillones), como forma de evitar confusiones e incidentes con otros tenedores de los mismos implementos.

La instalación de los servicios autorizados tiene que respetar las áreas en las que existan servicios adjudicados mediante llamados licitatorios. El ingreso o egreso de los elementos utilizados para el servicio se debe realizar a través de lugares indicados por la Intendencia de Maldonado.

Prolijos

Por otra parte, se dispuso que el personal destinado al servicio de playa por parte de quienes obtuvieron la autorización, debe estar correctamente uniformado con el propósito de permitir su identificación, así como también la del edificio o complejo al que pertenece.

El traslado, se debe hacer en trailers o vehículos matriculados en el departamento, debiendo cumplir (tanto vehículos como conductores) con la normativa vigente en materia de tránsito. Estos vehículos o trailers no pueden quedar estacionados en vías de tránsito y pasajes peatonales, ni tampoco acceder a la faja costera.

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