camioneta turísticaEl gobierno departamental, tomando como base que el transporte turístico es un servicio privado, pero de interés público, envió el proyecto para ajustarlo a disposiciones de la ordenanza departamental. Por ello, para extender el permiso, la intendencia exigirá que se cumplan determinadas condiciones. Por ejemplo, solo podrán ejercer la actividad aquellos que obtengan permisos que serán otorgados por la IDM en forma precaria y revocable, al tiempo que estén inscriptos en el registro de transporte turístico departamental.

 

 

Además, los prestadores de servicios de transporte turístico deberán estar habilitados por el Ministerio de Turismo y tener su casa central o una sucursal en Maldonado.

El proyecto de decreto también establece que será de cargo y responsabilidad del permisario contar, como mínimo, con un vehículo para la actividad, con capacidad para transportar al menos a ocho pasajeros.

Los vehículos deberán contar con los elementos de seguridad requeridos por la ley de tránsito y seguridad vial, así como por el reglamento nacional de circulación vial, y deberán ser presentados anualmente a inspección técnica en el departamento de Movilidad. No podrán tener una antigüedad mayor a 18 años y las unidades afectadas al servicio deberán estar empadronadas en Maldonado, con matrículas correspondientes al transporte turístico de pasajeros y con la oblea vigente colocada en un lugar visible. Además, deberán contar con equipo de amplificación y aire acondicionado.

La exposición de motivos que reza la resolución firmada por el intendente Miguel Abella y el Secretario General, Álvaro Villegas, entiende que son prestadores de servicios las empresas, tanto personas físicas, como jurídicas, cuya actividad consiste en organizar, ofrecer o efectuar itinerarios o traslados de grupos turísticos, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos de transporte con capacidad para más de cinco pasajeros.

La solicitud de inscripción deberá realizarse a través del registro online de renovación de transporte turístico de la IDM para lo cual deberán tener:

-Permiso nacional de circulación, inspección técnica vehícular otorgada por el MTOP, registro de Operador Turístico como Agencia de viajes o transporte turístico del MINTUR.

 

-Nombre y domicilio en Maldonado, del titular del permiso. En caso de ser persona jurídica deberá indicar el domicilio y representante legal.

 

-Nombre, cédula y domicilio físico del gestionante, así como libreta de propiedad del o los vehículos de la empresa. En caso de ser persona jurídica certificado notarial de propiedad donde conste la titularidad, indicando la cantidad de asientos, número de motor y chasis de cada uno de los vehículos.

 

-También deberá contar con póliza de seguros para  transporte de personas por el máximo de capitales. 

 

Las excursiones que ingresan a Maldonado deberán estar registradas ante el MINTUR como operador turístico y contar con el permiso ocasional de transporte de pasajeros expedido por las autoridades departamentales.

 

Se autoriza únicamente a las unidades extranjeras, que llegan a Maldonado con “grupo cerrado”, realizar paseos turísticos dentro del mismo, quedando prohibido realizar otro tipo de servicios dentro de los límites departamentales.

 

En caso de incumplimientos se aplicarán multas, conforme a la gravedad, que van entre las 10 y las 350 unidades reajustables.

El cuerpo inspectivo podrá, de acuerdo a la gravedad de la infracción, exigir la suspensión del servicio que se está utilizando y si así lo amerita, solicitar intervención de la fuerza pública.

 

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