El jefe comunal, declaró en la Fiscalía actuante asistido por Jorge Barrera. Fue por la denuncia penal por abuso de autoridad que presentaron quienes dicen ser propietarios de las 4 casas ubicadas sobre la costa de Punta Colorada, las cuales, la Intendencia de Maldonado pretende demoler.

 

La denuncia penal contra el intendente de Maldonado, Enrique Antía, fue radicada el lunes 13 de noviembre en la Fiscalía General de la Nación, por los abogados del estudio Donnángelo-Durán-Sasson, tras disponer el desalojo y luego la demolición de un grupo de viviendas ubicadas en la costa de Punta Colorada.

En la denuncia, se plantea que los antepasados de la familia a la que la Intendencia de Maldonado quiere desalojar compraron el padrón en 1896 y que habitan en viviendas con más de 150 años de antigüedad. Cerca, el año pasado habían sido demolidas varias boteras.

Los denunciantes, plantean que el intendente Antía está violando el Artículo 69 de la Ley de Ordenamiento Territorial (N° 18.308), donde se establece que, en el caso de querer detener obras o demolerlas “la Intendencia Municipal deberá concurrir ante la sede judicial de turno”.

Este lunes 11 de diciembre, el jefe comunal compareció en la Fiscalía de Maldonado hacia la que se derivó el caso, asistido por Jorge Barrera. Al retirarse, Antía dijo a los medios presentes, que “es una vergüenza que hagan una denuncia penal cuando hay seis resoluciones judiciales que dicen que son públicas”.

Además, reiteró que se está cumpliendo “con las seis sentencias y en el medio aparece en Montevideo una denuncia penal enredando la piola. Tengo claro que actué dentro de la ley y de mi mandato como intendente para defender las cosas de la comunidad y por eso vine a dar la cara”.

Para los denunciantes, el jefe comunal de Maldonado incurre en abuso de funciones en la medida en que actúa con arbitrariedad en perjuicio de particulares. El delito, previsto en el Artículo 162 del Código Penal, dispone penas de entre 3 meses y 3 años de penitenciaría.

La última resolución judicial

Como lo informara MaldonadoNoticias, el jueves 16 de noviembre, el Juez de Primera Instancia de 3° turno de Maldonado, Federico Rodríguez Luzardo, desestimó el recurso de amparo solicitado por la familia que aduce ser propietaria de las casas ubicadas sobre la costa.

En la sentencia de primera instancia, que se elevó a un Tribunal de Apelaciones, se ratificó que los promotores del recurso de amparo no presentaron documentación que acredite la propiedad de las construcciones en cuestión, y al igual que en fallos anteriores, se indica que son tierras de dominio público.

La familia González, integrada por varios hermanos, había presentado la acción de amparo para evitar la demolición de 4 casas de las que sostienen son los legítimos propietarios, pero nuevamente se ratificó que están en espacios públicos. Habían sido notificados de la demolición el martes 7 de noviembre.

Pocos días después de lo resuelto en el citado Juzgado de Maldonado, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), falló a favor de la Intendencia de Maldonado, porque, entre otras cosas no se pudo acreditar la existencia de daños graves para la parte “actora” (denunciantes).

En tal sentido, se establece que “los daños que la parte actora puede sufrir son de índole puramente patrimonial y, por ende, pasible de ser, eventualmente, resarcidos en su oportunidad”, y que, entre el interés particular y el interés general de toda la población de preservación del medio ambiente, “debe éste priorizarse”.

Asimismo, confirma que las viviendas a ser demolidas “son de utilización temporaria, dado que los comparecientes tienen sus domicilios reales en Montevideo y Punta del Este, así como tampoco se pudo acreditar el valor histórico de las construcciones, no aportando pruebas en ese sentido”.

La resolución del TCA, señala textualmente: “no hacer lugar a la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado; con costas de precepto a cargo de la parte promotora, sin especial condena en costos”, lo que equivale a que la decisión de la IDM de demoler las construcciones es legal.

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