En una resolución firmada el jueves 10 de agosto por el Intendente de Maldonado, se resolvió la retención de las licencias de conducir de aquellos conductores que, practicada una espirometría, arrojen 0,01 gramos de alcohol en sangre o, presencia de marihuana en el organismo.

La Resolución N° 05702/2017 de la Intendencia de Maldonado, establece que será retenida la licencia de conducir de quienes “hayan ingerido desde 0,01 gramos de alcohol o sustancias con efecto sobre el sistema nervioso central (psicotrópicas) y sean encontrados manejando un vehículo automotor”.

La retención de la licencia de conducir será por distintos periodos de tiempo, pero en forma progresiva en caso de constatarse reincidencias, se podrá llegar incluso al retiro definitivo del documento habilitante -de cualquier categoría- para conducir todo tipo de vehículo.

La resolución establece que, “los conductores de vehículos de cualquier tipo y categoría en la vía pública, a los que se les constate en su organismo una concentración de alcohol por litro de sangre (o su equivalente en términos de espirometría), se les retendrá la licencia de conducir”, por diferentes plazos.

Para el caso de la primera infracción constatada, de 0,1 a 0,59 6 g/l de alcohol en sangre, la licencia se retirará por el término de 6 meses; de 0,60 a 1,19 9, por 9 meses; de 1,20 en adelante por 12 meses, al igual que la negativa a realizarse la espirometría.

Cuando se trate de conductores de vehículos destinados a: transporte de pasajeros en cualquier modalidad, transporte de carga útil de más de 3 toneladas, y transporte de mercancías peligrosas, se les aumentará en 2 meses adicionales la retención de la licencia de conducir expresada en la escala anterior.

En caso de la reincidencia, se duplicarán los períodos de retención de la licencia de conducir establecidos en la tabla anterior, y en caso de una nueva reincidencia (tercera infracción por alguno de los motivos explicados), se procederá a la cancelación de la habilitación.

Sin embargo, una vez transcurridos 60 meses, el conductor podrá solicitar la rehabilitación aunque para volver a obtener su licencia de conducir, deberá previamente cumplir con todos los requisitos exigidos en la normativa vigente para un aspirante.

La resolución de la Intendencia de Maldonado, establece además que, todo conductor que haya sido rehabilitado en estas circunstancias, y que se le constatare la presencia de alcohol en su organismo, se le cancelará definitivamente la licencia de conducir.

Por otra parte, en el caso de los conductores de vehículos de cualquier tipo y categoría, a los que se les constate en su organismo la presencia de tetrahidrocannabinol (THC), se les retendrá la licencia de conducir, también en forma progresiva.

En caso de tratarse de la primera infracción, la suspensión de la habilitación para conducir será de 6 meses; en caso de reincidencia, se extenderá hasta el término de un año; en caso de nueva reincidencia, se procederá a cancelar la licencia de conducir del infractor.

Como en el caso de las suspensiones por alcohol, una vez transcurridos 60 meses de la cancelación, el conductor podrá solicitar la rehabilitación de su licencia de conducir, debiendo previamente cumplir con todos los requisitos exigidos en la normativa vigente para un aspirante.

Finalmente, a todo conductor que se le haya sido rehabilitado el documento en estas circunstancias, y que se le constate nuevamente la presencia en su organismo de tetrahidrocannabinol (THC), se le cancelará definitivamente la licencia de conducir.

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