El Tribunal de Apelaciones en lo Civil, de 2° Turno, estableció que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) no tiene competencia para actuar en casos específicos sobre conflictos individuales de trabajo de los funcionarios municipales, con lo que descartó el reclamo de 4 funcionarias a las que no se les renovó el contrato de trabajo en diciembre de 2015.

El secretario general de la Intendencia de Maldonado, doctor Diego Echeverría, dijo que “no se puede especular con los derechos humanos, porque hay que tomarlos en serio", y ratificó que la administración departamental no viola los derechos humanos, sino que los promueve y los protege.

El fallo del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2° Turno, está vinculado a la denuncia presentada por 4 funcionarias cuyos contratos no fueron renovados en el mes de diciembre de 2015 por la actual administración departamental. Otros 14 contratos similares corrieron el mismo destino.

El fallo señala “que se configura ilegitimidad manifiesta por parte del INDDHH por haber actuado contrario a la ley que regula su actuación, y afirma que aceptar una actuación de dicho organismo, en esa dirección, implicaría reconocerle atribuciones ilimitadas o discrecionales que no le otorgó el legislador”, informó la comuna.

Para el Tribunal de Apelaciones, el INDDHH no tiene competencia sobre conflictos individuales de trabajo de los funcionarios municipales. Echeverría agregó que en su momento recurrieron por la vía legal correspondiente, como administración, ante la justicia, que ahora les dio la razón.

Dijo además, que durante el proceso se le negó a la administración acceder al expediente, por lo que se preguntó donde está el principio de igualdad o las garantías del debido proceso. Sostuvo que la situación pareció un exceso, por lo cual se recurrió a la Justicia que acaba de expedirse.

El secretario general de la Intendencia, aseveró que la denuncia se amparó en intereses económicos de los afectados, algo que debe dirimirse en otro lado, no en el INDDHH; reiteró que no se puede especular con los derechos humanos, y que la institución cometió un exceso muy claro que hoy queda demostrado.

El origen

La denuncia había sido presentada en la INDDHH por cuatro funcionarias de la Intendencia de Maldonado, que en diciembre de 2015 fueron cesadas al no renovárseles los respectivos contratos de trabajo. La institución realizó una investigación y a principios de agosto emitió una resolución.

Según consta en el documento al cual accedió MaldonadoNoticias, los motivos esgrimidos por las denunciantes eran la falta de transparencia en el proceso de selección y la ausencia de motivación para no renovar contratos de personas que habían ganado sus cargos por concurso y otros méritos.

Además, una de las damnificadas que compareció ante la INDDHH, estaba embarazada al momento del cese. La destitución grupal (fueron 18 inicialmente), también alcanzó a jefas de hogar con menores a cargo y generó múltiples reacciones y críticas en su momento.

Por medio de un comunicado, las denunciantes señalaron que esos cargos “fueron ocupados por personas ingresadas por designación directa del Intendente Enrique Antía, con parentesco y/o participación en la campaña proselitista percibiendo remuneraciones muy superiores”.

Como parte del proceso de investigación, la Intendencia dio respuesta a lo denunciado esgrimiendo que el procedimiento estaba amparado en el poder discrecional que tiene el jefe comunal, para contratar o rescindir contratos, y aludiendo a una racionalización administrativa.

Para la INDDHH, “la Resolución 09041/2015 de fecha 15 de diciembre de 2015 de la Intendencia de Maldonado, efectivamente produjo una afectación del derecho al trabajo de los/as funcionarios/as cesados, ya que quienes se vieron alcanzados por dicha Resolución cesaron su vinculación laboral con el organismo denunciado".

Acotaba que si bien las funcionarias no eran presupuestados ni inamovibles, “dicho extremo no exime a la Administración de su deber (aún frente a supuestos actos discrecionales) de fundar toda decisión que afecte o vulnere derechos, en los principios de idoneidad, indispensabilidad y proporcionalidad”.

En ese marco, el consejo directivo de la INDDHH resolvió recomendar a la IDM, en primer término que revisara “los procedimientos que determinaron el cese de la relación funcional de las personas comprendidas en la resolución 09041/2015 adecuando sus actuaciones a los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad”, abarcando a los 18 cesados.

En segundo lugar sugirió que se reparara “la vulneración de derechos de las personas denunciantes” y que se procediera a adecuar “la política pública de contratación y cese de funcionarios, incluso en los supuestos de actuación discrecional, adoptando criterios transparentes y confiables, en consonancia con las obligaciones de cualquier organismo del Estado Uruguayo…”.

El vocero de las denunciantes, doctor Horacio Bolani, enfatizó que el dictamen de la Institución Nacional de Derechos Humanos era inapelable, aunque precisó que si bien esta institución no tiene potestades para revocar actos administrativos, “es de salud institucional acceder a esta recomendación”.

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