Ediles de la Lista 738 (FA) concretaron una denuncia contra la Intendencia de Maldonado ante AGESIC, por la negativa de la administración a brindar información pública como lo establece la Ley N° 18.381. Los denunciantes sostienen que se niega información de 17 solicitudes. Desde la IDM señalan que como ediles tienen otras herramientas para acceder a la información.

Los ediles frenteamplistas Leonardo Delgado y Fermín de los Santos (Lista 738), presentaron una denuncia ante AGESIC, frente a las respuestas negativas que dio la Intendencia de Maldonado, en informes firmados por la directora general de Asuntos Legales, a 17 solicitudes de datos públicos.

Los denunciantes, se amparan en la Ley N° 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública, ya que informes suscriptos por la doctora Adriana Graziuso señalan que los ediles departamentales deben canalizar sus pedidos a través del procedimiento previsto en el Artículo 284 de la Constitución.

AGESIC, y particularmente su Unidad de Acceso a la Información Pública creada por la mencionada ley como órgano desconcentrado con los cometidos expresados en el Artículo 21, según los ediles denunciantes, tiene la finalidad establecida claramente en su Literal B.

Allí se indica que su cometido es “controlar la implementación de la presente ley en los sujetos obligados”, en virtud de lo cual es un organismo pertinente para intervenir en las situaciones de violación a la Ley N° 18.381. Delgado y De los Santos reclaman información solicitada en diciembre 2016 y enero 2017.

Se trata de 17 solicitudes de información por este nuevo mecanismo de la ley aprobada en 2008, relativos a asuntos concernientes a 3 direcciones generales: Administración y Recursos Humanos; Integración y Desarrollo Social; y Hacienda, abarcando varios temas.

Allí se pide información sobre situaciones funcionales; ingresos a la administración departamental; créditos presupuestales; sanciones; recaudación departamental; ampliación de información de rendiciones de cuentas; y gestión de Centros de Atención Infantil de Verano.

Según los ediles Delgado y De los Santos, “entre ellos, había varios asuntos de gran relevancia política”, como información económica y financiera relativa a 2015 y 2016; detalles de la emisión de la Planilla de Contribución Inmobiliaria de 2017; y contratos de la fundación “A Ganar”.

También temas vinculados a llamados a inspectores y a choferes, e ingresos de becarios y Pasantes; procedimiento disciplinario sobre un funcionario ex dirigente de Adeom “que dormía sobre una bandera nacional en horario de trabajo”; y contratación “de familiares del Intendente”.

Asimismo, pedido de información sobre funcionarios en comisión que perciben diferencias salariales, ascensos, cambios de regímenes horarios y cobro de primas; régimen de retiro, e ingresos a la administración. “Todos ellos, fueron negados con el mismo informe de la doctora Graziuso”, sostienen.

Los argumentos

En la denuncia, se agrega el informe realizado por la directora de Asuntos Legales de la Intendencia de Maldonado donde se sostiene, entre otras cosas, que, “como Edil no puede tramitar asuntos particulares o propios de ningún tipo ante el Gobierno Departamental”.

Asimismo, que “está vedado recurrir al prescripto por la Ley de Acceso a la Información Pública ya que en la Constitución no existen excepciones al respecto, conforme su art. 291 nral, 2º), cuya inobservancia implica la pérdida inmediata del cargo art. 292 de la Constitución patria…”.

Los ediles de la Lista 738, sostienen que “esta respuesta, que no tiene antecedentes en gobiernos anteriores en Maldonado, motivó un pormenorizado análisis y cuestionamiento y la presentación de las impugnaciones correspondientes a la vista que se concedió en los expedientes”.

Se remarca que la administración emitió un informe vencidos los plazos previstos en el Artículo 15 de la ley 18.381, y que “carece de todo fundamento legal y constitucional el argumento de que” los ediles no pueden ejercer el derecho de solicitar acceso a información pública de la Intendencia de Maldonado.

Además, que “califica sin ningún fundamento legal o constitucional como ´asunto particular o propio´ del compareciente, la solicitud de información” pública, y desconoce “los fundamentos del acceso a la información pública al negar la información solicitada…”.

Finalmente, la denuncia elevada a AGESIC, da cuenta que “simultáneamente se realizó la misma denuncia en otros ámbitos especializados referentes al tema del derecho al acceso a la información pública, y se preparan las actuaciones judiciales correspondientes”.

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